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lunes, 23 de noviembre de 2015

CORTE DE SANTA FE CONFIRMA LA ABSOLUCIÓN DE ASCAINI

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, en acuerdo celebrado el 2 de noviembre del corriente año dispuso rechazar la queja oportunamente interpuesta por el fiscal de Cámara de la Tercera Circunscripción Judicial, Fernando Palmolelli, contra el pronunciamiento absolutorio dictado el 16 de marzo de 2015 por la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Venado Tuerto, luego de haber detectado numerosas irregularidades en el procedimiento policial llevado a cabo el 8 de mayo de 2012 en el cruce de ruta provincial 90 y 94, y en el que se dispuso la detención de Carlos Andrés Ascaini, donde de acuerdo a las actas policiales se secuestró un arma y material evaluado como cocaína. El máximo tribunal provincial consideró que la Cámara de Venado Tuerto valoró exhaustivamente el cúmulo de elementos probatorios colectados en la causa y brindó las razones y fundamentos por los cuales dicho órgano jurisdiccional entendió que no se alcanzaba el grado de certeza necesario para confirmar la sentencia condenatoria de primera instancia, “sin que se avizore que en esa tarea se hubiera excedido el límite de razonabilidad ni que se hubieran transgredido las reglas de la sana crítica, la adecuada fundamentación de los fallos judiciales como exteriorización del cumplimiento de la garantía del debido proceso”. Al respecto cabe recordar que el empresario cañaseño aún está bajo la órbita federal por el tema de las drogas. Escasa actividad investigativa. De esta manera la Corte da la razón a la Cámara de Apelación en lo Penal, que revocó la resolución del juez de primera instancia, Daniel Curic, quien había condenado a Carlos Ascaíni por el delito de portación ilegal de arma de fuego de guerra a tres años y seis meses de prisión de ejecución efectiva, dejando sin efecto la sentencia y ordenando la inmediata libertad del acusado que, de hecho, continúa privado de la libertad y a disposición del Juzgado Federal donde se tramita otra causa por narcotráfico, beneficiado por la duda. El tribunal constituido por los jueces Fernando Vidal, Tomás Orso y Arsenio Domínguez, en su valoración consideró una notoria abundancia de pruebas que se reflejó en un expediente de siete cuerpos aportados por la defensa a cargo del abogado Paul Krupnik, una serie de desprolijidades y contradicciones marcadas de los integrantes de la ex Brigada de Drogas Peligrosas, que el 8 de mayo detuvieron a Ascaíni en inmediaciones de la localidad de Chapuy, manifestando en las actas respectivas y cuestionadas que secuestraron un arma de fuego que estaba en el zócalo de la puerta del vehículo Audi y un paquete que contenía cocaína. El tribunal también marcó “la escasa actividad investigativa del fiscal de grado” en presentar su caso que fue destruido palmariamente por la gran cantidad de pruebas de la defensa. Sin embargo, el Tribunal no aceptó declarar nulas ni las actas ni las actuaciones
Fuente: Primero La Noticia